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Ante el incremento de reclamaciones contra empresas de multipropiedad, ADICAE alerta a los consumidores

El número de consultas y reclamaciones efectuadas por usuarios en relación al aprovechamiento por turno de inmuebles de uso turístico, conocido popularmente como multipropiedad, ha aumentado de forma considerable durante este mes de abril, coincidiendo con el inicio de las campañas de captación que estas empresas realizan entre los consumidores. Cientos de usuarios que se han sentido defraudados por los abusos e incumplimientos de los contratos efectuados por empresas de multipropiedad se han dirigido a las delegaciones y coordinadoras que la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros ADICAE (www.adicae.net) tiene repartidas por todo el territorio español, destacando principalmente el número de reclamaciones en Madrid, A Coruña, Extremadura, Barcelona, Valencia y Zaragoza.
En un estudio realizado por los Servicios Técnicos de ADICAE sobre la comercialización y peculiaridades de las empresas de multipropiedad, se han identificado las diferentes formas para concertar una entrevista. La más habitual y efectiva es la llamada telefónica al domicilio, también se utilizan las encuestas en la calle o lugares cercanos a la playa y el envío masivo de correos postales con apariencia de telegrama. Estas empresas han empezado a usar Internet como instrumento para captar nuevos clientes.
Los comerciales hacen especial hincapié al concertar la entrevista a que acuda el matrimonio para que, en caso de tener bienes gananciales, ambos puedan firmar el contrato, prometiendo la concesión de un premio por el sólo hecho de acudir a la reunión. Todas las empresas de multipropiedad alquilan despachos o locales amplios en la que consiguen reunir a muchas personas, para posteriormente sentar a cada matrimonio en una mesa con un comercial que intenta intimar con los usuarios para ganarse su confianza.
Los técnicos de ADICAE han comprobado que lo primero que hacen los comerciales es intentar convencer a los usuarios de que la empresa es un club de vacaciones y no de multipropiedad, fundamento que podría considerarse un engaño a medias puesto que el término multipropiedad tras la aprobación de la Ley 42/1998 ha pasado a denominarse aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles de usos turísticos.
Durante la reunión, realizada en tono amigable y hasta intimista, se utilizan ganchos que eufóricamente afirman haber firmado el contrato y con toda la parafernalia comercial, incluido el brindar con cava, invitan al resto de los asistentes a firmar también el contrato. Para forzar la adquisición de la semana en multipropiedad afirman que ellos son sólo una empresa intermediaria (realmente son sociedades sin apenas solvencia creadas por las propias propietarias del inmueble que operan un par de años y luego desaparecen) que únicamente durante el día de la reunión pueden ofrecer una serie de ventajas y descuentos a los compradores. Con esta actuación fuerzan a los consumidores a firmar en el momento de la oferta, vulnerando el derecho a reflexionar y conocer a fondo las cláusulas del contrato.
Los comerciales insisten hasta llegar a la exigencia que tienen que firmar en el momento de la reunión y que no se puede postergar a otro día porque perderían los beneficios de la oferta. Ante la salvedad de carecer de dinero para efectuar la compra, los comerciales solventan el problema ofreciendo la financiación de una entidad bancaria. Las empresas intentan que, en prueba de seriedad, los compradores firmen una letra en blanco que será devuelta al usuario una vez firmado el contrato de crédito o se abone el disfrute de la semana en multipropiedad, dicha letra es utilizada en muchos casos como amenaza ante un posible arrepentimiento del adquiriente.
Los Servicios Jurídicos de esta Asociación han iniciado diversos procedimientos judiciales contra Club de Vacaciones la Dorada y, por la vía penal al estimarse la existencia de un delito de estafa, contra Vasco de Gama Promotions SA, que vendía contratos de afiliación a Discovery Club Plus financiados mediante contratos de crédito con Finanzia BBVA.
COMPLICIDAD DE LOS BANCOS
Ante esta constancia de la actuación de algunos bancos, ADICAE denuncia la complicidad de diversas sucursales bancarias en la concesión del crédito para pagar la semana de aprovechamiento por turnos. Los mismos comerciales de la empresa de multipropiedad se encargan de buscar la financiación de la compra y en unos minutos indican la sucursal donde a las pocas horas o a más tardar al día siguiente se debe ir a firmar. Sucursales de ACC Bank, Finanzia BBVA, Caja España y de Bancaja han realizado estas operaciones en menos de un día, cuando lo normal para la concesión de un crédito personal es que la entidad financiera tarde tres o cuatro en estudiar y conceder el préstamo, aparte de solicitar un sinfín de papeles que alargan el plazo de concesión.
Tras el escándalo de las academias de inglés, los bancos y cajas de ahorros vuelven a conceder créditos que están vinculados al cumplimiento de la obligación principal (el contrato de multipropiedad) asumiendo un certero riesgo tras las sentencias judiciales del caso Opening que han obligado a los bancos a devolver las cuotas indebidamente cobradas tras la resolución del contrato de matrícula. Estos bancos hacen el juego a las empresas de aprovechamiento por turnos al no llevar a cabo un control sobre las posibilidades de cumplir los contratos y la viabilidad de las sociedades que ofrecen el servicio, adelantando el importe de los créditos y tras un posible incumplimiento por las empresas se dedican a reclamar a los consumidores un servicio que ya no están recibiendo o, incluso, el cumplimiento de un contrato del que se ha procedido a su desistimiento o resolución.

Los Servicios Jurídicos de ADICAE consideran que la mayoría de estos contratos de multipropiedad son anulables porque adolecen del vicio de consentimiento, ya que los consumidores, ante la agresiva estrategia comercial de los vendedores son incapaces de discernir en ese momento sobre la realidad de lo que están firmando. El ambiente agobiante de la reunión, la utilización de ganchos y el apremio de los comerciales para firmar el contrato suponen causas más que suficientes para establecer vicios en el consentimiento de los usuarios que contratan estos productos.
Por otro lado, son también causas de resolución del contrato el incumplimiento de lo prometido verbalmente el día de la celebración del contrato y la inobservancia de la obligación de recompra garantizada personal y directamente por la empresa en el mismo día de la venta. También es motivo de rescisión, el error en el objeto del contrato pues en múltiples ocasiones se vende una semana que el usuario no va a poder disfrutar puesto que no se corresponde con su periodo vacacional. A pesar de que el usuario manifiesta que sólo puede disfrutar sus vacaciones en agosto, el comercial procede a vender una semana de noviembre, ya que en el contrato las semanas vienen especificadas por la numeración y no por el mes en el que se encuentra.
ADICAE, ante la situación de indefensión de los consumidores, quiere poner en conocimiento de todos los usuarios una serie de consejos a seguir antes de contratar el aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico:
ÿ El consumidor puede desistir de la compra realizada dentro de los diez días siguientes a la celebración del contrato. No tiene obligación de expresar el motivo del desistimiento ni está obligado a abonar gasto alguno. Comuníquelo por burofax con acuse de recibo y certificado de texto.
ÿ El consumidor puede resolver el contrato en un plazo de tres meses si el folleto informativo no contiene la información exigida por la ley, si el contrato no incluye las circunstancias legalmente exigibles o si la información ofrecida no es veraz.
ÿ La cuota anual de mantenimiento tiene que figurar en el contrato y sólo puede ser actualizada con arreglo a un índice objetivo.
ÿ Pida siempre los poderes de la persona que dice representar a la empresa y consulte al Registro de la Propiedad.
ÿ No firme el contrato precipitadamente, nunca durante la sesión informativa.
ÿ Los anticipos están prohibidos por ley. Nunca firmar una letra de cambio en blanco, pueden rellenarla y endosarla al cobro a un tercero de buena fe. Si aún así ha firmado una letra en blanco, solicite un escrito a la empresa en la que indique la finalidad de este medio de pago.
ADICAE está procediendo a agrupar a todas las personas perjudicadas por la firma de un contrato de multipropiedad con la intención de iniciar las actuaciones necesarias para anular estos contratos y proceder a instar acciones de cesación para resolver los contratos de crédito con las entidades financieras colaboradoras.


Agenor Gómez Álvarez -ADICAE Galicia