Gas Natural Fenosa completa la devolución de importes a 47 municipios gallegos por regularización de energía reactiva
GAS NATURAL FENOSA ha completado esta semana la devolución de los importes reclamados por 47 municipios gallegos y tramita otras cinco peticiones por discrepancias en la facturación de energía reactiva, en base al criterio aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), ahora CNMC.
El origen de estas reclamaciones se encuentra en la disparidad de criterios con que las compañías distribuidoras interpretaron el apartado 3 del artículo 9 del Real Decreto 1164/2001, relativo a la facturación de la energía reactiva. Un texto que, según afirmó la CNE el pasado mes de mayo, “no resulta suficientemente claro”, lo que dio lugar a esas diferencias en la facturación.
Este informe, que no considera errónea ninguna de las interpretaciones del Real Decreto realizadas por las compañías, unificó el criterio con el que, a partir de ese momento, se debe facturar la energía reactiva, adoptándose de inmediato por Gas Natural Fenosa.
Criterio de la CNE
Asimismo, ante la consulta formulada por un particular a la CNE al respecto de la correcta interpretación de la norma, ésta estableció que la refacturación de la energía reactiva para aquellos municipios que lo solicitaran debía limitarse al periodo de un año, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000.
Es preciso recordar que los ingresos recaudados a través de la facturación de energía reactiva tienen carácter regulado y que, por tanto, las compañías son las encargadas de facturarlos, recaudarlos y liquidarlos a la CNE, ahora CNMC. Al tratarse de ingresos del sistema eléctrico y no de la compañía, ésta ha de atenerse a lo marcado por el regulador.
GAS NATURAL FENOSA no ha obtenido ningún beneficio por el recaudo de este concepto y rechaza cualquier acusación de mala praxis vertida contra la compañía.
Tras la devolución de los importes a estos 47 municipios, 12 de ellos han manifestado su desacuerdo con el criterio adoptado por la CNE y han dado traslado de estas discrepancias al Instituto Galego de Consumo (IGC). En este sentido, GAS NATURAL FENOSA ofrecerá su total colaboración al IGC, al tiempo que se someterá a lo marcado por la CNMC en cada momento, al tratarse de ingresos del sistema eléctrico. De igual forma, la compañía se ha puesto en contacto con los representantes de estos 12 municipios para ofrecerles cuantas explicaciones requieran sobre el particular.
El origen de estas reclamaciones se encuentra en la disparidad de criterios con que las compañías distribuidoras interpretaron el apartado 3 del artículo 9 del Real Decreto 1164/2001, relativo a la facturación de la energía reactiva. Un texto que, según afirmó la CNE el pasado mes de mayo, “no resulta suficientemente claro”, lo que dio lugar a esas diferencias en la facturación.
Este informe, que no considera errónea ninguna de las interpretaciones del Real Decreto realizadas por las compañías, unificó el criterio con el que, a partir de ese momento, se debe facturar la energía reactiva, adoptándose de inmediato por Gas Natural Fenosa.
Criterio de la CNE
Asimismo, ante la consulta formulada por un particular a la CNE al respecto de la correcta interpretación de la norma, ésta estableció que la refacturación de la energía reactiva para aquellos municipios que lo solicitaran debía limitarse al periodo de un año, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000.
Es preciso recordar que los ingresos recaudados a través de la facturación de energía reactiva tienen carácter regulado y que, por tanto, las compañías son las encargadas de facturarlos, recaudarlos y liquidarlos a la CNE, ahora CNMC. Al tratarse de ingresos del sistema eléctrico y no de la compañía, ésta ha de atenerse a lo marcado por el regulador.
GAS NATURAL FENOSA no ha obtenido ningún beneficio por el recaudo de este concepto y rechaza cualquier acusación de mala praxis vertida contra la compañía.
Tras la devolución de los importes a estos 47 municipios, 12 de ellos han manifestado su desacuerdo con el criterio adoptado por la CNE y han dado traslado de estas discrepancias al Instituto Galego de Consumo (IGC). En este sentido, GAS NATURAL FENOSA ofrecerá su total colaboración al IGC, al tiempo que se someterá a lo marcado por la CNMC en cada momento, al tratarse de ingresos del sistema eléctrico. De igual forma, la compañía se ha puesto en contacto con los representantes de estos 12 municipios para ofrecerles cuantas explicaciones requieran sobre el particular.
Cristina Salgado (Comunicación Galicia Gas Natural Fenosa)