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Se anuncia una red digital de vigilancia forestal para apoyar los sistemas de prevención, detección y seguimiento de los incendios

Nota de prensa del Gabinete de Comunicación de la Xunta de Galicia:

El presidente del Gobierno gallego, Alberto Núñez Feijóo, anunció en la rueda de prensa del Consejo la puesta en marcha de una red digital de vigilancia forestal para apoyar los sistemas de prevención, detección y seguimiento de los fuegos, de manera que los nuevos focos puedan detectarse con la máxima rapidez posible.

Después de recordar que este sistema ya se puso en marcha de manera piloto en los últimos años, Feijóo explicó que la red se basará en la instalación de cámaras de videovigilancia de una manera proporcional a la actividad incendiaria de cada lugar. Esta red se desplegará en las infraestructuras de las que dispone el operador público de telecomunicaciones, Retegal. En una primera fase, se instalarán cámaras en 34 centros de Retegal, que facilitarán cobertura visual de 1,4 millones de hectáreas, que representan el 48% del territorio gallego.

El presidente de la Xunta subrayó que en esta superficie se incluirán terrenos de las 73 parroquias de alta actividad incendiaria (PAAI), las zonas de alto riesgo que recoge el Pladiga. “La gestión de la red digital de vigilancia forestal se realizará a través de una plataforma tecnológica que permitirá la observación remota de los montes desde un centro de control que estará operativo las 24 horas del día”, añadió, incidiendo en que, de este modo, los agentes y técnicos forestales podrán acceder en tiempo real a las imágenes, incluso a través de dispositivos móviles.

Hace falta subrayar, además, que en esta primera fase se otorgará prioridad al objetivo de apoyar la extinción de los fuegos. Así, cuando se detecte un incendio, el sistema ofrecerá imágenes en directo sobre la manera en el que avanza y sus condiciones y permitirá geoposicionar el punto exacto que se está visualizando en cada momento. El objetivo es que este convenio se firme y se licite en el próximo mes de enero, de tal manera que el sistema sea adjudicado en un máximo de dos meses y medio desde la licitación.

“Esta medida podrá ampliarse con base en las necesidades que detecten los equipos forestales”, explicó. Esta segunda fase perfeccionará la red ampliando su cobertura e incorporando las nuevas soluciones que vaya permitiendo la evolución tecnológica a través de una consulta pública al comprado.

“Hoy damos, por lo tanto, un paso más en la incorporación de los recursos tecnológicos a la labor de detección y extinción de los fuegos, con la creación de una red que ofrece un potencial muy importante y que se irá calibrando en función de la evaluación que nos vayan trasladando los equipos de extinción”.

Por otra parte, el presidente de la Xunta precisó, en la rueda de prensa, que el Consejo analizó también el paquete de medidas en el que están involucrados los ayuntamientos y que ya fue presentado por la Consellería de Medio Rural en un encuentro con la Fegamp, con el objetivo de que se incorporen como enmiendas al Proyecto de ley de medidas fiscales y administrativas, que está tramitando el Parlamento junto con el Proyecto de ley de presupuestos para lo 2018.

Así, Feijóo enumeró y detalló estas 12 enmiendas, que vienen a complementar a las 30 medidas que anunció en el Parlamento de Galicia la semana pasada y que son las siguientes:

1. Cuando los propietarios incumplan el deber de limpiar el monte, las distancias mínimas que establece la ley o mantengan en estado de abandono terrenos que fueran concentrados y estos incumplimientos provoquen o agraven un incendio forestal, los gastos de extinción también podrán ser repercutidos a los propietarios en la parte proporcional a la extensión de la suya hinca.

2. Incluir en las redes primarias de gestión de biomasa las subestaciones eléctricas y estaciones de telecomunicaciones. De tal manera que en los cinco metros de perímetro de estas instalaciones no se podrán plantar especies pirofíticas y deberá gestionarse la biomasa.

3. Incluir en las franjas secundarias de gestión las viviendas aisladas en suelos rústicos a más de 400 metros del monte. En la ley actual sólo se contemplaban las que estaban a menos de estos 400 metros de distancia.

4. Ampliar la prohibición de plantar especies pirófitas -básicamente pinos, eucaliptos y acacias- en toda la franja de 50 metros dentro de las redes secundarias. Hasta el momento, se hacían distinciones sobre los deberes a las que estaban sujetos estos 50 metros o los primeros 30 metros de estos 50. Ahora se eliminan estas distinciones, de tal manera que no se podrán plantar especies pirofíticas en toda la franja. Además, se amplía la obligatoriedad de limpiar y retirar las especies prohibidas en aquellas parcelas de carácter agrario que se encuentren sin explotar y puedan ser declaradas en estado de abandono.

5. Se adelantará el plazo para ejecutar los deberes de gestión de la biomasa, que inicialmente estaba establecida para finales del mes de junio, hasta finales del mes de mayo.

6. Cuando se requiera gestionar la biomasa a propietarios de parcelas desconocidos y ilocalizables, bastará con una publicación en el BOE y en el DOG que dará un plazo de 15 días para su aparición. A partir diera momento, la Administración podrá entrar a limpiar sin necesidad de notificárselo al propietario.

7. Incautar la madera que proviene de la ejecución subsidiaria del deber de gestionar la biomasa. De este modo, cuando sea la Administración quien limpie el monte, será la Administración quien pueda vender la madera. Si lo que se obtiene de esta venta es superior a lo que costó la limpia, el importe restante se incorporará a un fondo de nueva creación que permitirá tener siempre dinero disponible para cuando la Administración deba limpiar el monte.

8. Se establecerán zonas de actuación prioritaria y urgente, en las cuales la Administración, tanto la Xunta como los ayuntamientos, deberá limpiar el monte como ejecución subsidiaria de manera inmediata.

9. Se abre la posibilidad de limpiar los montes más despistados sin que tenga que existir consentimiento de las personas responsables ni autorización judicial, siempre que estas parcelas no tengan la condición de domicilio.

10. Cuando un propietario incumpla su deber de gestionar la biomasa de sus parcelas, se abre la puerta a expropiar los predios de titular desconocido en las que se incumple la ley, bajo dos condiciones: cuando tenga que ser la Administración quien limpie el monte en reiteradas ocasiones y cuando el coste de la limpia supere el valor catastral del terreno.

11. Los montes vecinales al contado común que no estén siendo explotados podrán ser declarados en estado de grave abandono. Como consecuencia, podrán incorporarse al Banco de Terras y su gestión les será ofrecida a terceros que estén dispuestos a poner el monte en valor hasta 50 años.

12. Las parcelas que estén dificultando que las Sociedades de Fomento Forestal (Sofor) gestionen el monte podrán ser incorporadas al Banco de Terras o bien expropiadas para ponerlas a la disposición de las Sofor y que puedan gestionarlas.
R.