Skip to main content
A | B | C | D | E | F | G | I | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | V | X | Z

El calendario laboral de 2005 para Galicia decreta días festivos San José y las Letras Gallegas

En Galicia serán festivos en 2005 el 19 de marzo, Día de San José, y el 17 de mayo, Día das Letras Galegas, porque se sustituyen los descansos laborales del 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, y del 25 de diciembre, Navidad, que coincidirán en domingo.
El Consello de la Xunta aprobó el decreto por el que se determina el calendario laboral para 2005 y en el que se incluyen 12 festivos. Para fijar este calendario el criterio utilizado fue, según la Administración gallega, el de mantener una estabilidad en la determinación de las fiestas laborales para conmemorar todo aquello que forma parte de la tradición, historia y cultura de Galicia.
Así, aprovechando las posibilidades que permite el calendario anual que, en 2005, hace que coincidan en domingo otras festividades celebradas en años anteriores, se acordó fijar el descanso laboral para el Día de San José y el Día das Letras Galegas, que en 2004 tampoco fueron laborables en sustitución del Día de Santiago (25 de julio) y del Día de la Asunción (15 de agosto).
Según este decreto de la Xunta, serán fiestas laborables de carácter retribuído en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2005: el 1 de enero (Año Nuevo); el 6 de enero; (Epifanía del Señor); 19 de marzo (San José); 24 y 25 de marzo (Jueves y Viernes Santos); el 17 de mayo (Día das Letras Galegas); 25 de julio (Santiago Apóstol. Día Nacional de Galicia); 15 de agosto (Asunción de la Virgen); 12 de octubre (Fiesta Nacional de España); 1 de noviembre (Todos los Santos); 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y 8 de diciembre (Inmaculada Concepción).
Estos días serán inhábiles en cuanto al cómputo de plazos administrativos en la Comunidad Autónoma de Galicia. Además, también serán no laborables, retribuídas y no recuperables, dos fiestas
locales que serán determinadas por los delegados de las Consellería de Asuntos Sociais, Emprego e Relacións Laborais de cada provincia por propuesta de pleno de los respectivos ayuntamientos.

R.