Skip to main content
A | B | C | D | E | F | G | I | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | V | X | Z

El Gobierno gallego dice que no asumirá los costes derivados de la anulación por el Tribunal de la UE del conocido como céntimo sanitario

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha garantizado que la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al dictaminar que el céntimo sanitario -impuesto sobre los carburantes que aplicaban algunas comunidades, entre ellas Galicia, y cuyos ingresos se destinaban a financiar la sanidad- "no afectará a la recaudación" de la comunidad, ya que es "el Estado" el que "debe responder" sobre esta cuestión. Tras consultarlo con la Consellería de Facenda, ha lanzado un mensaje de "tranquilidad" a los gallegos relativo al pronunciamiento que abre la vía para que los afectados puedan reclamar la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011 en el conjunto del país, según las estimaciones de las propias autoridades españolas.

En la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta, Núñez Feijóo ha aludido a la modificación de la estructura del tributo desde principios de 2013, para incidir en que el informe se ciñe al impuesto sobre ventas minoristas en determinados hidrocarburos, por lo que no atañe "al régimen actual". Núñez Feijóo ha aclarado que la posible devolución de los recursos recaudados antes de dicha modificación para ajustarse a la normativa europea tampoco tendrá impacto económico en las arcas autonómicas y ha remitido al Estado para la "interpretación y respuesta" al pronunciamiento europeo.

Aunque ha rechazado meterse "en disquisiciones tributarias" y ha remitido a los periodistas a otras instancias para aclarar las dudas "técnicas", preguntado sobre si teme verse obligado a devolver los recursos recaudados antes de 2013, ha respondido con un contundente "no". "Le corresponde al Estado responder al pronunciamiento de la Unión Europea, no a las comunidades. En nuestra opinión, tras haberlo estudiado, ésta es una cuestión que corresponde a la Hacienda Pública estatal en su relación con la UE dado que ese impuesto fue diseñado por el Estado para la financiación de las comunidades".

El céntimo sanitario, cuya aplicación ha considerado ilegal el Tribunal de Justicia de la UE (TUE), estuvo implantado en 13 comunidades autónomas hasta enero de 2013 y osciló entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante. En el caso concreto de Galicia osciló entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo. Este gravamen alcanzó su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que fueron Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.

En Galicia osciló entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo. Solo tres comunidades autónomas, que son Euskadi, La Rioja y Aragón, decidieron no aplicar este gravamen, lo que contribuyó a que los precios de venta al público en esas regiones fueran inferiores a los del resto del territorio nacional. Canarias tampoco lo aplica, si bien esta comunidad se rige por un régimen fiscal de insularidad específico.

Desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las deficiencias investigadas ya entonces por el TUE, este céntimo sanitario, utilizado para financiar la sanidad o con fines medioambientales, fue corregido y quedó integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). De esta forma, su vigencia, al menos desde enero de 2013, cumpliría con la legislación comunitaria y no estaría sometida a cuestionamiento. Así, desde enero de 2013, el céntimo sanitario, que era la forma coloquial de llamar al anterior Impuesto de Ventas de Determinados Hidrocarburos (IVDH), se convirtió en el Tipo Autonómico (TA), que es uno de los tres tramos de los que está compuesto el nuevo IEH, junto al Tipo Estatal General (TEG) y el Tipo Estatal Especial (TEE).

El TEG es el mismo para todo el Estado y equivale a 40 céntimos por litro de gasolina 95 y a 30 céntimos por litro de gasóleo, mientras que el TEE tiene un valor de 2,4 céntimos tanto para la gasolina como el gasóleo. A todos estos impuestos es necesario añadir el 21% del IVA. Además, desde el 1 de enero de 2013 la parte de biocarburantes introducida en la mezcla final se ve gravada con los mismos tipos impositivos que el combustible convencional.

Fotografía: Xunta de Galicia / archivo GD
R.